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Normativas de Policía
Regulaciones y procedimientos oficiales para las fuerzas policiales de LaCityRP
1. Proceso Selectivo
- Requisitos para los aspirantes:
- Ser mayor de 16 años (OOC).
- No tener multas, antecedentes penales ni procesos judiciales abiertos.
- Poseer licencia de vehículo vigente.
- Presentación de la solicitud: Para ingresar al cuerpo de LSPD, los aspirantes deberán abrir un ticket en la web de la LSPD para ser convocados a las pruebas en la comisaría.
- Prueba teórica:
- Se realizará una entrevista general con temas diversos para conocer al aspirante.
- Se llevará a cabo el examen teórico vigente de la policía.
- Se planteará un supuesto de una situación cotidiana para evaluar la respuesta del aspirante.
- Prueba práctica:
- En caso de aprobar la prueba teórica, el aspirante será asignado como "cadete" durante una semana.
- Durante este período, el cadete será evaluado por un instructor que lo supervisará la mayor parte del tiempo.
- Si el instructor considera que el cadete cumple con los requisitos, este será ascendido a Cabo.
2. Rangos y Equipamiento
- JEFATURA:
- Comisionado LSPD
- Sub-Director LSPD
- Coronel
- Teniente Coronel
- Mayor
- Capitán
- ESCALA BÁSICA:
- 1er Teniente
- 2do Teniente
- Sargento Mayor
- Sargento
- Cabo
- ESCALA ACADÉMICA:
- Raso
- IMPORTANTE:
- A partir de Sargento se podrá postular para cualquier división menos la SWAT.
- A partir de Sargento Mayor se podrá postular para la división S.W.A.T.
- Rango mínimo para H-50: Sargento Mayor. En caso de que no haya ningún agente de rango Sargento Mayor o superior tomará el H-50 el rango más alto en ese momento hasta que un superior pueda coger H-50. Las únicas personas con potestad para retirar el H-50 es Jefatura.
- Equipamiento básico:
- Pistola reglamentaria
- Taser
- Porra
- Linterna
- Solo se podrán usar armas de mayor calibre si un rango superior te lo permite.
- Al salir de servicio, se deberá dejar todo el material reglamentario. Además, no se podrá tener armas en casa ya que se les tomará por policías corruptos lo que supone un CK administrativo inmediato.
3. Código Interno (Artículos 1-14)
- Artículo 1: Todos los policías deberán identificarse con su número de placa a cualquier ciudadano que lo solicite.
- Artículo 2: Queda prohibido realizar acciones ilegales, trabajar para mafias o bandas, proporcionar información confidencial (chivatazos) o aceptar sobornos. Si se descubre alguna de estas acciones, el oficial será expulsado inmediatamente del cuerpo y se realizará un CK administrativo.
- Artículo 3: Un agente tiene el derecho de solicitar la identificación de cualquier persona y, si genera sospechas, realizarle un cacheo.
- Artículo 4: En caso de que un civil se niegue a ser arrestado y esté desarmado, no se podrán utilizar armas de fuego contra él. Se podrá usar la porra o la pistola taser.
- Artículo 5: Ante la falta de respeto de un civil, se procederá a darle tres avisos. Si la falta de respeto persiste, se le detendrá y se le leerán sus derechos. En caso de que el civil use la violencia, se podrá hacer uso del taser para defenderse, sin abusar de él.
- Artículo 6: Está prohibido desobedecer una orden de un superior, siempre y cuando no implique incumplir una normativa de la ciudad o de la policía.
- Artículo 7: No está permitido prestar el vehículo o material policial a otros compañeros sin una justificación válida.
- Artículo 8: El uso de las armas está permitido solo en situaciones donde el conflicto ya haya sido iniciado por la otra parte.
- Artículo 9: Aunque seas policía, está totalmente prohibido abusar de tu poder infringiendo las normas de tráfico. Esto solo es permitido en situaciones de urgencia o durante un robo.
- Artículo 10: Las puertas de la entrada de la comisaría estarán abiertas a menos que se active la máxima alerta o para expulsar a alguien que intente forzar roles absurdos o agresivos. Todas las puertas dentro de la comisaría estarán siempre cerradas.
- Artículo 11: Está prohibido llevar amigos o conocidos en coches oficiales sin una razón justificada.
- Artículo 12: Si ves que una persona apunta a otra a corta distancia, usarás el táser. Si la distancia es larga, podrás usar el arma letal reglamentaria para salvar la vida de la otra persona.
- Artículo 13: Si mueres en un rol, no podrás volver. Solo podrás procesar a los detenidos de ese mismo rol. Si mueres en un rol, ese rol termina para ti.
- Artículo 14: Fuera de servicio, no se podrá portar ningún tipo de armamento policial, excepto los jefes de facción autorizados.
4. Código Interno (Artículos 15-27)
- Artículo 15: Al detener a una persona, es importante quitarle las comunicaciones.
- Artículo 16: Antes de entrar en servicio, se deberá ingresar a la radio policial.
- Artículo 17: Solo son legales las armas estipuladas en el código penal.
- Artículo 18: Al dejar la policía, ya sea por expulsión o decisión propia, se le hará un CK administrativo. Antes de esto, deberá entregar sus armas obligatoriamente a un alto cargo.
- Artículo 19: Queda totalmente prohibido quedarse AFK durante el servicio, lo que conllevará una sanción interna.
- Artículo 20: Está totalmente prohibido faltar al respeto a un compañero.
- Artículo 21: Está prohibido dejar vehículos oficiales abandonados. Siempre se deberá llamar al mecánico y, si no hay uno disponible, se deberá rolear llamando a una grúa para incautarlo.
- Artículo 22: Se podrá realizar operaciones encubiertas cuando lo ordene el superior al mando y a quien se lo ordene.
- Artículo 23: Se realizarán revisiones periódicas de armarios y vehículos para comprobar que nadie es corrupto ni guarda armas en su casa o vehículos.
- Artículo 24: Un policía deberá estar en servicio al menos 8 horas semanales, salvo excepciones puntuales.
- Artículo 25: Un cadete nunca podrá patrullar solo; siempre deberá ir acompañado de un superior, a menos que sea el único policía de servicio, evitando siempre situaciones comprometidas.
- Artículo 26: Será obligatorio atender robos y atracos siempre que no se esté realizando una tarea importante.
- Artículo 27: Será obligatorio registrar el número de serie de las armas cada vez que se adquiera una nueva. No informar de ello podrá conllevar la expulsión del cuerpo.
5. Actuación en Diferentes Detenciones
- Sospechoso huyendo a pie: Cuando un civil huya a pie sin haber disparado previamente, se le deberá ordenar en voz alta y clara que se detenga. Si no se detiene, se procederá a tasear al sujeto. Nunca se podrá disparar con un arma letal, a menos que el sujeto saque su arma y dispare primero.
- Sospechoso huyendo en coche: Se deberá perseguir manteniendo una distancia de seguridad para proteger la vida de ambas partes. Primero, se le dará tres avisos. Si no se detiene, se intentará obstruir su paso. Si esto no funciona, se procederá a dar pequeños golpes en la parte trasera del vehículo para que pierda ligeramente el control y se detenga, siempre valorando la vida de ambas partes. Si ninguna de estas acciones tiene éxito, se podrá abrir fuego hacia las ruedas para pincharlas. Una vez acorralado, se le apuntará con el táser para inmovilizarlo.
- Sospechoso huyendo en moto: Las motos presentan mayor riesgo que los coches, ya que cualquier acción puede poner en peligro la vida del sospechoso. En primer lugar, se seguirá al sospechoso y se intentará cerrarle el paso para forzar su detención. Se avisará a otra patrulla para que se una a la persecución. Durante este tiempo, se deberá proporcionar una descripción constante de la ubicación y acciones del sospechoso.
- Procedimientos Comunes a Todas las Detenciones: Una vez arrestado, se procederá a informar al detenido sobre el motivo de su detención y se le leerán sus derechos antes de entrar en la comisaría por la parte trasera. Si no se le leen los derechos, el detenido no podrá ser condenado y quedará libre sin cargos.
- Derechos del Detenido:
- Tiene derecho a permanecer en silencio ya que todo lo que diga podría y será usado en su contra en la corte.
- Tiene derecho a comida, bebida y atención médica en caso de ser necesario.
- Tiene derecho a conocer los motivos de su detención.
- Tiene derecho a un abogado; si no puede pagarlo, el estado le proporcionaría uno.
- Tiene derecho a una llamada de no más de 1 minuto delante de un funcionario público.
- En caso de no leerle los derechos al detenido, este puede solicitar la puesta en libertad mediante el procedimiento de "hábeas corpus", que requiere que el detenido comparezca inmediatamente ante un juez, quien puede liberarlo si no encuentra motivos de peso para su condena.
6. Procedimientos de Patrullaje y Respuesta a Atracos
- Procedimientos de Patrullaje:
- Se deberá estar en la radio IC y OOC en DISCORD.
- Se patrullará con calma y respetando las normas de tráfico, a una velocidad moderada y respetando los 3 segundos en los semáforos.
- Si se detecta algo peligroso, se pedirán refuerzos.
- Siempre se debe actuar con coherencia y sentido común.
- Respuesta a Atracos: Se deberá buscar la negociación siempre que sea posible, intentando evitar víctimas en ambos bandos y asegurando el estado de salud de los rehenes/secuestrados si los hubiese. Las negociaciones deben ser supervisadas por el mando y este debe autorizarlas.
- Pasos a seguir:
- El mando decidirá quién será el negociador y el procedimiento respecto a las armas.
- Informar del número de atracadores y rehenes, así como del vehículo de huida, intentando que los sospechosos utilicen un solo vehículo si hay varios.
- No se podrá negociar la retirada de policías o coches patrulla, pero sí se podrá negociar sobre la unidad aérea.
- Mantener la radio limpia para una comunicación clara con el mando.
- Comunicar todas las propuestas de los atracadores y seguir las instrucciones del mando sin dudar.
- No se podrá aceptar una negociación sin la aprobación previa de H-50.
- Armas en Atracos:
- Tiendas: Se utilizará solo chaleco antibalas, pistola y escopeta.
- Joyerías y Bancos: Se utilizará chaleco antibalas y todo tipo de armas del cuerpo policial.
- Las armas policía no son negociables en ningún tipo de robo/atraco.
7. Almacenamiento de Pruebas
- Documentación Adecuada: Todas las pruebas recolectadas durante las investigaciones policiales deben ser documentadas de manera adecuada. Esto incluye fotos, videos, grabaciones de audio y cualquier otro tipo de evidencia relevante.
- Registro de Evidencias: Cada evidencia debe ser registrada en el sistema de gestión de pruebas del departamento. Esto incluye la descripción de la prueba, la fecha y hora de recolección, el lugar donde fue encontrada y los oficiales involucrados en su recolección.
- Cuidado y Custodia: Las pruebas deben ser almacenadas en un área segura, designada específicamente para la custodia de evidencias. Solo personal autorizado debe tener acceso a esta área.
- Cadena de Custodia: Debe mantenerse una cadena de custodia clara y precisa para cada prueba, documentando cada vez que la prueba sea movida o manejada, así como las personas que tengan acceso a ella.
- Confidencialidad: La información relacionada con las pruebas y las investigaciones debe mantenerse confidencial. Los oficiales deben evitar discutir detalles de las investigaciones con personas no autorizadas.
- Acceso a Pruebas: Solo los oficiales asignados a la investigación y el personal autorizado pueden acceder a las pruebas. Cualquier solicitud de acceso por parte de otros oficiales debe ser aprobada por un superior.
- Presentación en Juicio: Al presentar pruebas en juicio, los oficiales deben asegurarse de que todas las evidencias sean relevantes y hayan sido obtenidas de manera legal y ética. Deben estar preparados para demostrar la autenticidad y la integridad de las pruebas, incluyendo la cadena de custodia.